lunes, 3 de diciembre de 2007
viernes, 23 de noviembre de 2007
Dedicado a los ausentes
por Manuel M.
La universidad, políticos y periodistas
"No hay quién forme la opinión pública, o sea, el periodismo está en Colombia en poder de hombres indignos. Hombres indignos también son los gobernantes."
"Repetimos que Colombia carece de clase directora, por carecer de Universidad."
"Las escuelas de Derecho son refugio de jóvenes que no encuentran otra cosa qué hacer; cuando resulta un haragán y vicioso en una casa, dicen: “Que entre a la escuela de derecho...”. La finalidad es graduarse para ser inspectores o jueces. ¿Ciencia? ¿Amor a la ciencia? ¿Vocación? Quien amara la ciencia, allí no estudiaría; allí se gradúan...". a)
Recordamos en estos días de apesadumbrado transcurrir , los hechos trágicos que acongojan nuestra universidad, vemos como es sepultada en medio de alta sonoridad musical la lenta agonía que clamaba dentro del espíritu de nuestros compañeros muertos y por ende desaparecidos .Sentimos como mediante la fiesta , el baile y la música las directivas encubren su ineptitud , invocando la sintética y románica frase de :" Pan y circo" para el pueblo, solo que ese pan de sabor rancio ya no sacia el espacio y el sentimiento de soledad de quienes ya no están junto a nosotros y en el circo no hay payasos que permitan aflorar las sonrisas sinceras que nuestros compañeros nos regalaban en medio de su diafanidad.
Se acalla la voz de nuestros compañeros desaparecidos mientras , los abogados, ingenieros , médicos en su labor profesional como los que menciona nuestro filosofo invitado el día de hoy señalando ademas como la labor que estos desempeñan se ve circunscrita dentro de un sistema de mercados competitivos y destinados a continuar sirviendo de correa de transmisión para que el capital internacional y nacional se expanda , permitiendo así la contracción del conocimiento de la esfera social popular y se desvié hacia otras factores como las empresas transnacionales , internacionales, etc . La frase de moda o el cliche para darle un carácter partidista a nuestra intervención continua siendo :
"Si al TURISMO , NO ALTRUISMO",expresado en los labios del "idiota", presidente que circula guiado por la megalomanía de su arrogancia tiránica.
¿PERO acaso no es la misma voz que retumba de parte de las directivas de la universidad , acaso no es el mismo tono tiránico y despótico que se abalanza sobre aquellos que intentan levantar su voz contra la compra y venta de la universidad publica (cual ramera de lúgubre cantina)1.
Hoy se inaugura esta columna de opinión buscando de una forma u otra expresar la visión de quien se vincula a la lucha, tomando de la escritura "por escudo y la pluma por espada."La intervención se dirige a los compañeros que aun viven aunque no físicamente y demarcaron el derrotero a seguir con su vida misma.
Cualquier opinión , queja , o demás formas de participacion sobre esta columna la pueden enviar al correo luciocolletti@yahoo.com, o al blog : http://www.proletariosdetodoslospaisesunios.blogspot.com/
Fuente: 1)desde este espacio no intento denigrar de las mujeres que ejercen esta profesión , jamas pensaría en acusarlas y mucho menos criticarlas o condenarlas, digo la lector (si los hubiese) solo hago utilización de esta figura con un tono literario quizás con un enfoque didáctico ante el lector.
a)Antioquia - La Revista de Fernando González, Editorial Universidad de Antioquia, colección Señas de Identidad, marzo de 1997, pp: 67 - 69. Mayores informes vía otraparte@otraparte.org
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jueves, 15 de noviembre de 2007
ESTA ES UNA INVITACION A LOS ESTUDIANTES DE DERECHO PENAL:TOMEMOS EL CAMINO Y LLEGUEMOS HASTA EL FINAL
Escrito entre el 10 y el 16 de agosto de 1835Publicado por primera vez en el Archiv für Geschichtedes Sozialismus und der Arbeiterbewegung, 1925Fuente: MECW volumen ITraducción del inglés: Isabel Blanco
La naturaleza ha determinado la esfera de actividad en la que debe moverse todo animal, y éste se mueve apaciblemente en ella, sin intentar sobrepasar sus límites, sin intentar siquiera echar un rápido vistazo más allá. También al hombre en general la Divinidad le ha dado un fin, el de ennoblecer a la humanidad y a sí mismo, pero le permite buscar por sí solo los medios mediante los cuales realizar este fin; le deja elegir la posición en la sociedad más adecuada para él, desde la cual podrá más fácilmente elevarse a sí mismo y a la sociedad.
Esta capacidad de elección es un gran privilegio para el hombre sobre el resto de la creación, pero al mismo tiempo es una decisión que pude destruir toda su vida, frustrar sus planes y hacerle infeliz. Recapacitar seriamente sobre esta elección es, por tanto, el primer deber de un joven que comienza su carrera y no quiere dejar sus asuntos más importantes al arbitrio de la suerte.
Todo el mundo tiene un objetivo en perspectiva que, al menos para él, parece sumamente importante, y así es de hecho si la más profunda de las convicciones, la voz más íntima del propio corazón así lo declara, porque la Divinidad jamás deja a un hombre mortal por completo solo y sin guía; él habla en voz baja, pero certera.
Pero esta voz puede fácilmente ahogarse, y lo que tomamos por inspiración puede ser el producto de un instante que otro instante puede quizá destruir. Nuestra imaginación, quizá, echa a volar, nuestras emociones nos alteran, vemos fantasmas ante nuestros ojos, y nos lanzamos de cabeza hacia lo que el impetuoso instinto nos sugiere, imaginando que la Deidad misma nos lo señala. Y lo que ardientemente abrazamos pronto nos repele y vemos toda nuestra existencia en ruinas.
Por eso debemos examinar seriamente si estuvimos realmente inspirados en nuestra elección de profesión, si nuestra voz interior lo aprueba, o si esta inspiración es una ilusión, y lo que creemos la llamada de la Deidad no era más que autoengaño. Pero, ¿cómo podemos reconocer algo sino rastreando la fuente de la inspiración misma?
Aquello que es grande brilla, su brillo incita a la ambición, y la ambición puede fácilmente producir la inspiración o lo que creemos inspiración; la razón es incapaz de reprimir al hombre tentado por el demonio de la ambición, que se lanzará de cabeza sobre aquello que el impetuoso instinto le sugiere: ya no es él quien elige su posición en la vida, en lugar de ello se ve determinado por la suerte y la ilusión.
Tampoco estamos llamados a adoptar la posición que nos ofrece las más brillantes oportunidades; no es ésa la que, durante la larga serie de años en que quizá tengamos que mantenerla, jamás nos canse, jamás nos desaliente, jamás nos haga perder el entusiasmo, viendo pronto nuestros deseos insatisfechos, nuestras ideas sin realizar, clamando contra la Deidad y maldiciendo a la humanidad.
Pero no sólo la ambición puede despertar un entusiasmo repentino por una profesión determinada; quizá nuestra imaginación pueda embellecerla, y embellecerla de tal manera que nos parezca lo mejor que la vida puede ofrecernos. No la hemos analizado en detalle, no hemos considerado toda la carga que implica, la gran responsabilidad que nos impone; la hemos visto sólo desde la distancia, y la distancia engaña.
Nuestra propia razón no puede ser buena consejera aquí; porque no está sustentada ni por la experiencia ni por una profunda observación, sino que se ve engañada por la emoción y cegada por la fantasía. ¿Hacia quién volver entonces nuestros ojos? ¿Quién nos apoyará allí donde nuestra razón nos abandona?
Nuestros padres, que ya han recorrido el camino de la vida y han experimentado la severidad del destino –nos lo dice nuestro corazón.
Pero si aún así nuestro entusiasmo persiste, si continuamos amando una profesión y creyéndonos llamados a ella después de examinarlo a sangre fría, después de conocer sus cargas y tomar conciencia de sus dificultades, entonces debemos adoptarla, entonces ni nuestro entusiasmo nos engaña ni nuestra precipitación nos desvía.
No siempre, sin embargo, podemos alcanzar la posición a la que nos creemos llamados; nuestras relaciones en la sociedad están ya fijadas hasta cierto punto antes de que podamos influir en ellas.
Nuestra constitución física misma es a menudo un obstáculo amenazador, y no motivo de burla.
Es cierto que podemos sobreponernos a ella, pero entonces nuestra caída será tanto más rápida, porque estamos arriesgándonos a construir sobre ruinas, y toda nuestra vida será una desgraciada lucha entre el cuerpo y la mente. Porque aquél que es incapaz de reconciliarse con las advertencias que reconoce en sí mismo, ¿cómo puede resistir el tempestuoso estrés de la vida, cómo puede actuar con calma? Y sólo desde la calma pueden las acciones fructificar; es la única tierra en la que los frutos se desarrollan correctamente.
Aunque no podamos trabajar felizmente durante mucho tiempo con una constitución física inadecuada para nuestra profesión, sin embargo surgirá continuamente la idea de sacrificar nuestro bienestar al deber, de actuar vigorosamente aunque nos destrocemos. Pero si hemos elegido una profesión para la que no tenemos talento jamás podremos ejercerla bien, y pronto nos daremos cuenta con vergüenza de nuestra incapacidad y nos diremos que somos unos inútiles, que somos incapaces de satisfacer nuestra vocación. Entonces, la consecuencia más natural es el auto-desprecio, ¿y qué sentimiento es más doloroso y más difícil de compensar a pesar de todo lo que el mundo exterior pueda ofrecernos? El auto-desprecio es como una serpiente que mordisquea nuestro pecho, absorbiéndonos la sangre del corazón y mezclándola con el veneno de la misantropía y la desesperación.
La ilusión acerca de nuestros propios talentos para una profesión que hemos examinado de cerca es un error que se vengará sobre nosotros mismos, y aunque no conozcamos la censura del mundo exterior, nos producirá un dolor en nuestro corazón más terrible que el que podría inflingirnos esta censura.
Si hemos considerado todo esto, y si nuestras condiciones de vida nos permiten elegir cualquier profesión que queramos, podemos adoptar aquélla que nos asegure el mayor bien, un bien basado en ideas de cuya verdad estemos por completo convencidos, que nos ofrezca el abanico más amplio desde el que trabajar para la humanidad, y que nos permita acercarnos verdaderamente al propósito general para el que toda profesión no es más que un medio –la perfección.
Bien es aquello que más eleva a un hombre, aquello que imprime la más alta nobleza a sus acciones y a sus empresas, aquello que lo hace invulnerable, admirado por la multitud y elevado por encima de ella.
Pero el bien sólo puede garantizarlo una profesión en la cual no seamos herramientas serviles, una profesión en la que actuemos independientemente dentro de nuestra esfera. Sólo puede garantizarlo una profesión que no exija actos reprensibles, incluso aunque sean reprensibles sólo en apariencia, una profesión que los mejores puedan ejercer con noble orgullo. Una profesión que garantice esto en su más alto nivel no siempre es la más elevada, pero sí es siempre preferible.
Pero igual que una profesión que no nos garantiza el bien nos degrada, una profesión basada en ideas que más tarde reconocemos como falsas nos hará sucumbir bajo su carga.
Y en ese caso no nos queda otro recurso que el auto-desprecio, ¡y qué desesperada salvación la del autoengaño!
Aquellas profesiones no implicadas de lleno en la vida, sino relacionadas con ideas abstractas, son las más peligrosas para los jóvenes cuyos principios y convicciones no son aún firmes, fuertes e indestructibles. Al mismo tiempo, esas profesiones pueden parecer las más exaltadas si sus raíces se hunden profundamente en nuestros corazones y si somos capaces de sacrificar nuestras vidas y empresas por las ideas que prevalecen en ellas.
Pueden proporcionar la felicidad al hombre que tenga vocación para ellas, pero también pueden destruir a quien las adopta apresuradamente, sin reflexionar, cediendo al impulso del momento.
Por otra parte, la alta consideración de las ideas sobre las cuales se apoya nuestra profesión nos proporciona una posición elevada en la sociedad, enalteciendo nuestro propio valor e imprimiendo seguridad a nuestras acciones.
Aquél que elige una profesión que valora altamente temerá la idea de no servir para ella; actuará noblemente aunque sólo sea porque su posición en la sociedad es una posición noble.
Pero la principal guía que debe dirigirnos en la elección de profesión es el bienestar de la sociedad y nuestra propia perfección. No debe pensarse que estos dos intereses puedan entrar en conflicto, que uno pueda destruir al otro; por el contrario, la naturaleza humana está constituida de tal modo, que sólo podemos atender a nuestra propia perfección trabajando por la perfección y el bien de los demás.
Si se trabaja sólo para uno mismo, es posible convertirse en un hombre de fama, en un gran sabio, un excelente poeta, pero jamás en un verdadero gran hombre.
La historia llama grandes hombres a aquellos que se ennoblecen a sí mismos trabajando por el bien común; la experiencia aclama como a los hombres más felices a aquéllos que hacen felices a un mayor número de personas; la religión misma nos enseña que el ser ideal al que todos luchan por imitar se sacrificó a sí mismo por el bien de la humanidad, ¿y quién se atrevería a despreciar tales juicios?
Si hemos elegido la posición en la vida en la que ante todo podemos ayudar a la humanidad, ninguna carga podrá aplastarnos, porque los sacrificios serán en beneficio de todos; no experimentaremos una felicidad egoísta, limitada y estrecha, sino que nuestra felicidad pertenecerá a millones de personas, nuestros actos permanecerán sosegada y perpetuamente vivos, y sobre nuestras cenizas caerán las cálidas lágrimas de las personas nobles.
Karl Henrich Marx
miércoles, 7 de noviembre de 2007
Construyendo el nuevo Poder publico :¿el momento?¡ Ahora !!
(Apuntes sobre el texto del profesor Libardo Rodríguez).
Por Manuel M.
dedicado especialmente a : Natalia , (gracias por tu "Ser" expresado en palabras )
Explicita aparece en nuestra Constitución política de Colombia en su articulo 3 ; mediante la expresión alli utilizada (muy acertada) , a manera de invitación nos lleva a visualizar en nuestras mentes su contenido ,con miras a abordarla desde un análisis muy suntuoso como el que aquí pretendo desarrollar ,partiendo para esto desde mis ingentes esfuerzos para su comprensión .
Art 3 :"La Soberanía reside exclusivamente en el pueblo,del cual emana el PODER PUBLICO.
El Pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes , en los términos que la constitución establece.
Observamos de manera muy superficial como señala el profesor Rodriguez en su texto "ESTRUCTURA DEL PODER PUBLICO EN COLOMBIA " una metodología de análisis contraria (a nuestro parecer ) al presupuesto inicial planteado por la Constitución Política en su art. 3 y su afirmación en cuanto al analisis de la fuente de la cual emana el poder Publico se refiere ; para dar un primer paso hacia nuestra disertación veamos , que señala textualmente el profesor Rodriguez en su texto:
Bajo nuestro precepto y a modo de breve crítica al aspecto metodológico utilizado por el autor diriamos que si la fuente directa de la cual emana el poder Publico es la sociedad (PUEBLO), ¿no sería pertinente un análisis (si bien no detallado o por menorizado , entendiendo las limitaciones que esto implica para un texto como este ) de dicha sociedad que nos permita un desarrollo conceptual de los términos y definiciones que dicho tratadista intenta enarbolar?.
Importa ahora desarrollar un segundo aspecto que a nuestro criterio no se desarrolla perfilada- mente en el texto:
"Una noción aproximada de "PODER" , entendido como potestad ,imperio o mando o posibilidad de subordinar y de la "Autoridad"por la que se tiene , se impone o se ejerce sobre otro , pero adjetivando dicho concepto con lo "Político o lo Publico ",para ubicarlo ene el campo de la doctrina jurídico constitucional que de manera casi unánime nos permitiría calificar la materia a estudiar no sólo como un problema sociológico y jurídico sino como un problema político."[1].
De manera interesante tomamos la configuración señalada por el Tratadista Libardo Rodriguez en cuanto a la existencia de la articulación acusada entre "Poder " y "factores de poder ", como elemento de identificación es válida la aseveración realizada:
en un primer acercamiento tendríamos que el "Poder "se desarrolla desde diferentes esferas de una sociedad determinada y se encuentra demarcado por una institución que lo delimita y funcionaliza para su provecho organizacional , nos remitimos aquí a lo expresado por el tratadista:
"Fundamentalmente el poder del Estado , que es el poder por excelencia , que regula toda la vida social , incluyendo la actividad de los demás poderes mencionados".
Con precedente en lo anterior preguntamos al autor del texto :¿Incluye en su concepto de "PODER" , el poder económico ? y si esto fuese afirmativo ¿que factor determina su poder ( el económico ) ?,¿ sera acaso el Estado ? o como lo vemos en la cotidianidad lo contrario pareciera ser lo preponderante?.
En el documento señalado como PLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL DE LA UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTANDER , de manera interesante encontramos lo siguiente:
4."Otro elemento característico de la Globalización es la Des nacionalización de la política y con ello un cambio en el estilo de resolver los problemas . Con ello las instancias estatales están en intima relación con las empresas privadas , los centros de conocimiento, los organismos internacionales ( FMI , banco Mundial, BID , OEA , UNESCO, etc).
De igual manera las decisiones de tipo local regional y los demás actores , están influenciados por los contextos de acción globales de actores que intervienen en los asuntos particulares de las organizaciones e instituciones gubernamentales".
Bajo este acapite sería válido afirmar como lo hace el profesor Rodriguez , cuando expresa que :
Esas formas y mecanismo de organización (refiriéndose a la relación Poder - Institución, y la correlativa forma que este adopta) son especialmente importantes en relación con el poder del Estado -posición que en nada rebatimos teóricamente-que constituye como lo hemos dicho , el poder por excelencia , en cuanto a él están sometidos TODOS los demás miembros de la sociedad , y por tanto es el centro de nuestra preocupación .
Preguntamos: ¿Serán acaso miembros de la sociedad las anteriores organizaciones internacionales arriba señaladas ? Si es así ¿por qué la señalada des nacionalización de
Critica a la reseña histórica sobre el origen de la nocion ´´ tri división del Poder Publico
Sin el animo de parecer pretensiosos , ( quizá el subtitulo lo haga parecer ), traemos a colación una referencia que nos permitirá enfocar la temática :
"El profesor José Eugenio Soriano García en su ensayo sobre los Fundamentos Históricos del Derecho Administrativo nos ubica acertad amente el asunto cuando nos dice que le principio de la tri división de los Poderes es un autentico mito indestructible del Estado de DERECHO y base de toda especulación política a partir del siglo XVIII, ya que en la cultura jurídica anterior a Montesquieu se tenía perfecta noticia del significado de la separación de las funciones entre los distintos estamentos políticos y esa técnica de separación de poderes de autoridades fue proclamada por el cardenal Richelieu en 1641 mediante el edicto de Saint Germain en Luye por que tal fue el idearium que correspondía a una forma de la monarquía absoluta para dividir eficazmente su propio trabajo.
El autor señala en su trabajo que la separación de Poderes no era ningún esquema expuesto linealmente por Montesquieu dada la construcción de un Estado de Derecho "opuesto al ancien regimen " con el fin de acabar su despótico poder sino que respondía a otros intereses menos confesables de correlación de fuerzas y de reparto de cuotas de poder .[2].
Aristóteles señalaba y con miras a sustentar y convalidar a modo de síntesis la critica inicial al presunto planteamiento original de Montesquieu , vemos que desde Aristóteles se planteaba la existencia de tres partes (o Ramas para situarla quizás modernamente), señalando expresamente:
"En todo Estado hay tres partes , de cuyos intereses debe el Legislador , si es entendido , ocuparse ante todo , arreglándolos debidamente una vez bien organizadas estas tres partes el estado todo resultara bien organizado; y los Estados no pueden diferenciarse sino a raíz de la organización diferente de estos tres elementos". 4)
Como dato histórico y preparando la finalización de este espacio con más incertidumbres que certezas señalaríamos que fue en la reforma de 1936 cuando por primera vez se cambio la denominación de poderes por los órganos y sea preciso afirmar que estos tenían funciones separadas pero las ejercían armoniosamente entre ellas.
A manera de síntesis y con animo de culminar con una breve conclusión tendríamos que lo que conocemos como Estado es un conjunto de instituciones que en forma particular y funcional desempeñan una tarea especifica e interactúan, con base en un presunto Poder Publico que presupone su base legitimante en el Pueblo (tomando la noción pueblo como una institución fundante de las demás) y busca desde allí influenciar las instituciones unas sobre otras sobre otras (INSTITUCIONES) como parte de un todo estructurado y organizado para servir a unos intereses institucionales determinados, con lo que se simplifica el origen y esencia de tales entidades sin desconocer ni su existencia que se objetiva y real ni su valor.
1) HERRERA, Wilson La rama legislativa del poder publico en Colombia.
2) RODRIGUEZ, Libardo, Estructura del poder publico, editorial Temis
3 ) HERRERA, Wilson La rama legislativa del poder publico en Colombia.
4) ARISTOTELES, POLITICA, edi. Era.
BIBLIOGRAFIA:
ARISTOTELES, POLITICA, edi. Era.
HERRERA, Wilson La rama legislativa del poder publico en Colombia.
Plan de Desarrollo Institucional , Universidad industrial de Santander , 2007
RODRIGUEZ, Libardo, Estructura del poder publico, editorial Temis
martes, 30 de octubre de 2007
La cantera Filósofica otorga sus elementos para fortalecer la Crítica
Por : RAMIRO PINZON ASELA*
1-SOBRE EL ESTADO MINIMO EN ROBERT NOZICK
El propósito del presente ensayo, es el de realizar algunas reflexiones acerca de la “Legitimidad” de lo político, bajo la perspectiva de los derechos nacionales del individuo desde la vertiente de la ética expuesta por Robert Nozick a partir de 1974 en su obra Anarquía, Estado y Utopía.
El argumento central, está derivado del concepto de el Estado Mínimo, planteado en la segunda parte del libro, en donde expone que el Estado Mínimo es el Estado más extenso que puede ser justificado; cualquier otro estado más extenso viola los derechos de los individuos, sólo el Estado Mínimo es justo.
Nozick, parte de un estado de naturaleza inicial, caracterizado por la existencia del derecho fundamental de la propiedad privada y la aparición de una agencia protectora que inicialmente fue privada y luego su acción se extendería primero a sus clientes y después por un principio de compensación al conjunto de los habitantes de un territorio para convertirse en una agencia pública la cual se definió como un Estado Mínimo. El verdadero soporte de la concepción primordial de los derechos en Nozick en su absolutización del derecho de propiedad como soporte de los demás derechos del individuo.
La construcción del Estado mínimo se produjo por un proceso de tipo “mano invisible” considerado moralmente legitimo, porque el procedimiento de constitución no vulnera de ninguna manera los derechos de la persona. Nozick admite simultáneamente tres premisas: la de los derechos de propiedad absolutos, la de un procedimiento justo que se resume en la cesión libre de esos derechos y de la experiencia de un Estado mínimo que garantiza esos derechos y ese procedimiento; la sociedad no necesita otra forma de regulación.
La función del estado se agota en el papel de “ estado sereno”: hacer respetar los derechos individuales mediante su monopolio legal - moral de la violencia. Tal es “el estado mínimo”, el único, éticamente justificable: sus poderes no son otros que los que los individuos le han delegado de modo explícito ( sin mediación de contracto social alguno ) para proteger los derechos, resolver los conflictos y salvaguardar los pactos entre particulares.[1]
El modelo liberal - radical de sociedad adopta, en la defensa y promoción del mismo que realiza Nozick una figura deliberadamente anti-utópica; Nozick plantea la discusión del modelo, de sociedad, no en el plano económico - político - jurídico sino en el plano ético, justamente donde se suponía que los modelos socializadores del estado justo encontraban su apoyo más firme.
El enfoque de Nozick es, por tanto, valiente, profundo: Se trata de obtener para el liberalismo una legitimidad ética indudable, precisamente en su versión radical o pura; y en un segundo momento, poner en claro que sólo el liberalismo es justo, esto es, que las concesiones socializadoras (a través de la justicia distributiva, como en el caso de Rawls y, por supuesto, los planteamientos utilitaristas y socialistas del estado justo, no sólo no mejoran la calidad ética del liberalismo puro sino que son radicalmente injustas al subordinar, en mayor o menor medida, los derechos inviolables de los individuos en áreas de un mayor bienestar social para todos.[2]
Está claro que la pretensión de Nozick al ajustar su constructo a la estrategia de la “explicación potencial” es la de ofrecer un modelo normativo del estado moralmente permisible, independiente de la realidad actual y aun de su practicabilidad. Pero dado de que el constructo parte - y a ello se atiene en todo momento - de premisas exclusivamente morales - privadas, Nozick no puede pretender que el mínimal state resultante del mismo sea realmente un estado, por mínimo que se denomine, sino únicamente el modelo moral permisible desde el punto de vista privado para juzgar la actuación del estado.
En efecto, la “Explicación potencial” es un constructo lógico, no mágico; no puede, por tanto, ofrecer un modelo de estado, sino un modelo moral - privado de estado, dadas las premisas de su construcción.[3]
En el estado de naturaleza los hombres son desiguales, y la posterior formación del Estado Mínimo nada tiene que hacer a tal respecto, excepto salvaguardar el incremento histórico - legítimo de esas desigualdades. Se requiere, tan sólo, que los pasos que haya llevado a la distribución presente de títulos sobre las cosas, haya sido legítima según los principios de justicia, transferencia y rectificación propuestos por Nozick.[4]
La pretensión de justicia distributiva, conculcaría la igualdad moral individual, la descalifica por no ser un término “natural” sino un reflejo de las concepciones igualitarias del Estatismo; y la contrarresta con la teoría de la justicia como “titulación” de la que deriva el concepto básico de “justicia en las pertenencias” orientada por tres principios: a)”Justicia en la adquisición” que se traduce en la apropiación de cosas sin dueño; permite que alguien se apropie privadamente de algo excluyendo a otros del uso del objeto en cuestión. b)”Transferencias de las pertenencias de una persona a otra”, se refiere al intercambio libre o donaciones. c)”Rectificación justa”, relacionada con el hecho de que Nozick renuncia a una justificación teórica del mismo para atenerse a la investigación histórica - concreta: es posible calcular el curso de las pertenencias si no se hubiera producido la injusticia; por tanto deben ser rectificadas dentro de lo posible. Entonces, y sólo entonces, tenemos una justa distribución de las pertenencias.[5]
Nozick, construye una concepción de la justicia fundamentada en elecciones, celebradas por individuos libres en decidir autónomamente sobre las relaciones políticas. Por ello su teoría de la justicia, sobre derechos titulares es histórica: que una distribución sea justa depende (méramente) de cómo debe tener lugar y de las cosas que llegan al mundo vinculadas con personas que tienen título sobre ellas; refiréndose a que la propiedad privada es la que ofrece las bases reales de la libertad.[6]
El principio de justicia como “titulación” considera que ningún bien social puede justificarse jamás, el sacrificio de los derechos de un individuo “nada puede limitar el uso de la propiedad adquirida con justo título. Nozick no supedita el derecho de propiedad al derecho a la vida. Más aún habida cuenta que lo que pertenece a la esfera de cada “persona separada” viene dado por los títulos que ese individuo obtenga (y no tenga) sobre las cosas (no en vano el primer principio de justicia es llamado de adquisición). Nozick afirma justamente lo contrario: el derecho a la vida se supedita a los derechos de propiedad. Pues que “el derecho para la vida no es un derecho a cuanto se necesita para vivir” y porque otras personas pueden tener derechos de propiedad sobre las cosas que precisemos para la supervivencia, el derecho a la vida es un derecho a poseer cuanto se precisa para vivir sólo cuando con ello no se violan los derechos de propiedad de los demás.[7]
3.1 EL ESTADO MINIMO EN EL NEOLIBERALISMO
El proyecto ético - político de Nozick propone lo que se debiera tener en cuenta desde el Estado para que la sociedad en su conjunto ofrezca a cada hombre unas condiciones mínimas básicas para su subsistencia y la reproducción individual. Aunque evidentemente la propuesta del Estado Mínimo de Nozick está referida exclusivamente al sistema capitalista, donde los niveles de vida estarían fijados por las fuerzas del mercado y el Estado se limitaría a garantizar los derechos individuales.
En ese sentido Nozick es un academista neoliberal, pues su propuesta está apuntando a lo fundamental, en cuanto al neoliberalismo económico. La propuesta neoliberal, desde el punto de vista económico, implica una crítica acerba al paradigma liberal y clásico y supone una revalorización de algunos conceptos clásicos de la teoría de Adam Smith. Siendo esto así, es claro el sentido de lo que en la actualidad se puede ver como la política económica de la nueva derecha internacional y que en rasgos generales y archidesconocidos se resume en algunos puntos cruciales como:
1. Un retorno pleno a la economía del libre mercado;
2. La reducción del intervencionismo estatal mediante la privatización de las empresas oficiales y la desregulación de la economía;
3. La reestructuración global de los procesos de trabajo, modernización de la producción, internacionalización del trabajo etc;
4. Liberalización del comercio internacional;
5. El Estado adquiere un carácter cada vez más conservador y autoritario en relación al liberalismo tradicional o a la social democracia.[8]
Nozick se da cuenta que bajo el sistema capitalista - cada vez más evolucionando de la manera mas insospechada - , en el cual se busca la globalización económica, nos llevará a limites incontrolables que será necesarios el establecimiento de unos mínimos principios para que todos, al menos, en cuanto a la supervivencia se cuente con las condiciones que permita garantizarla. Pareciera que Nozick pensara en que inevitablemente este sistema hará de nosotros - la especie humana - un hombre sin rostro, un hombre sin alma, un hombre sin valores.
El Autor : Es Especialiazado en Filosofía Politica UIS- UNIANTIOQUIA
[1] Ibid. Pg.247
[2] Ibid. Pg.250
[3] Ibid. Pg.255
[4] BELTRAN, Miguel. Nozick y la legitimación del egoísmo. En: Suplementos Anthropos No.28 . Pg.68
[5] RUBIO LARRACEDO, José. Op. Cit. Pg.257.
[6] BELTRAN, Miguel. Op. Cit. Pg.66
[7] BELTRAN, Miguel. Op. Cit. Pg.67
[8] SUAREZ, José Olimpo. Sociedad Contemporánea y Neoliberalismo. En: Estudios de Filosofia No.8 Universidad de Antioquia. Agosto 1993. Pg. 126.
martes, 23 de octubre de 2007
SOLO UN ANALISIS INTERDISCIPLINARIO HACE PARTE DE UN NUEVO PROYECTO:ABOLIR
Simón Royo
Sin ningún ánimo de molestar a las susceptibilidades reinantes en los temas de interés social, pero renuente al escondrijo en el refugio conceptual-filosófico de las discusiones académicas sobre cosas como la “Anfibología de los conceptos de reflexión”, donde nada molesta porque nada importa, rechazando la caída inversa en los tópicos repetitivos de cada moda discursiva. No voy a discutir ni mucho menos refutar lo ya dicho en estas páginas por personas muy estimables y harto razonadoras -salvo muy colateralmente- puesto que la intención de este artículo no será otra que, como reza el encabezamiento, contribuir a presentar, someramente, algunas cosas de las que dos importantes fuentes del materialismo clásico -nada menos que Marx y Freud- han discurrido sobre el tema que nos ocupa. De este modo creemos que se incidirá en que podamos contar con tales referentes a la hora de reflexionar nosotros, en la actualidad, sobre el asunto de una polémica que resurge y se oculta según bandazos mediáticos de forma nos evitemos descubrir el Mediterráneo o reproducir, una vez más, los mismos argumentos de siempre.
Ninguno de los que participamos en Rebelión estamos conformes con la sociedad capitalista en la que todo es considerado mercancía, valor de cambio, sin atender a lo cualitativo y sólo considerando lo cuantitativo, sin ninguna ética más que el beneficio y el interés económico. Además del dinero otros valores gobiernan nuestras vidas. Estaremos de acuerdo entonces al menos en lo indeseable de tal régimen de vida y discreparemos, en todo caso, en el modo en que pudiéramos manifestarnos en contra y arbitrar formas distintas de comportamiento y acción.
Ahora bien, si bien es cierto que nadie desearía para su hija que tuviera que venderse como mercancía o fuese vendida como esclava en la forma de fuerza de trabajo sexual; una moral hipócrita coexiste y se imbrica con el intercambio de valores de cambio. Por eso muchos padres de familia se esmeran en el cuidado de sus hijas adolescentes mientras consumen a jovencitas de su edad en el infame mercado que las oferta. El matrimonio de conveniencia fue un invento aristocrático que asumió la burguesía tras la Revolución francesa y por eso la sociedad burguesa es fundamentalmente hipócrita, está llena de actores -eso significa hipocrités en griego clásico- convencidos de que lo que realmente importa es el aparecer y no el ser.
Además, en el imaginario masculino yace la permisividad y complicidad en las ignominiosas acciones de componente sexual de los varones, de modo que al despedir a un soltero se le lleva a un prostíbulo antes de le pongan “esposa” o “conyuge” y quede atado o al adolescente que se quiere iniciar en el mundo de los viriles se le lleva a un lenocinio para que aprenda que la unión con otra persona no implica el que desees a esa persona sobre todas las demás. Por el contrario, en el imaginario femenino yace la moralidad opuesta, según la cual la virginidad se valora y cotiza, siendo excluyente del grupo de género un comportamiento promiscuo, pagado o no. En esas conductas no sólo pierden las mujeres sino también los hombres y es al menos discutible que quienes aceptan la doctrina de raigambre realitico-liberal según la cual: el amor es una ilusión romántica pasajera y hay que ser pragmáticos, sean sólo los varones.
Por otra parte, por introducir nuevos factores, la Rumanía de Ceaucescu no debía de ser tan horrible y dictatorial como nos narran los vencedores de la Historia cuando de ella - una vez liberada del dictador- nos están llegando los casos más extremos de miseria y cuando, junto a Tailandia o Suramérica, constituye ya hoy una de las principales fuentes de materia prima para nutrir a la ilustrada y humanista Europa de carne fresca de ambos sexos.
No tener en cuenta factores como los antecedentes es lo que lleva a combatir constantemente los efectos sin incidir en las causas de los problemas sociales. Quienes están en primera línea de fuego (profesores, asistentes sociales, médicos, enfermeros, voluntarios, etcétera) se indignarán de cualquier rasgo de comprensión ante el que denominan agresor, como ha sido el caso con la película de Iciar Bollain “Te doy mis ojos”, criticada por mostrar al agresor como también víctima y no sólo como verdugo.
Por eso un estudio sociológico-antropológico de los hábitos y modos de la sexualidad en Occidente también arrojaría luz sobre lo que está pasando. Pues así como cuando en una cultura del África subsahariana se distorsiona el camino de las mujeres hacia la recogida de agua -trayecto en el que se cruzaban con los hombres y establecían un lugar de contacto a través del cual encontrar pareja- porque Médicos Sin Fronteras les instalaba una Bomba de agua. Igualmente, en el supuesto Occidente de una supuesta liberación sexual que sólo se notó en España en las ridículas películas de Esteso y Pajares -en el llamado “destape- las culturas vienen siendo distorsionadas desde hace siglos; de modo que la discoteca quizás no sea el lugar más adecuado en el que encontrar pareja y no existan ya espacios de encuentro ni genérico ni intergeneracional.
Dadas tales condiciones y factores algo más que el voluntarista imperativo categórico en la forma de no hagas a los demás lo que no quieras que te hagan a ti es necesario para que no se enuncie el amor cristiano con grandes frases mientras, al mismo tiempo, se quema en la hoguera al hereje para salvarle del diablo. La labor sobre las conciencias individuales es importante, el establecimiento de una legalidad vigente también, más no son suficientes, ya que hay que laborar también en vistas a la modificación de las estructuras, siendo la económica fundamental. La conciencia no es un ente aislado de las estructuras y para mover una pieza del puzzle quizás haya que mover todo el mecanismo y pagar un alto precio por serle contrario. Casi nadie podrá trabajar en todos los frentes pero al menos no hay que considerar en el que se lucha como el único existente. Quienes laboran escribiendo en la modificación de las conciencias y la transformación de la sociedad realizan un importante papel, pero cada combatiente tiene su lugar y no es desde un único frente que se pueden cambiar las cosas.
El intelectual es ya un frente extenso y diverso, y dada la capacidad de las izquierdas de dividirse hasta el infinito -precio de razonar antes de obedecer- hay que acabar preguntándose si no será el debate “abolición vs. reglamentación” de la prostitución otro de los múltiples dilemas con los que la derecha cínica y pragmática -que no consume más que prostitución de lujo- se frota las manos.
El ideal ilustrado de la transformación de la sociedad a través de la educación ha entrado en crisis, como bien saben todos los dedicados a la enseñanza, la genética amenaza con que se hagan reales las predicciones del Dr.Mengele. Y aunque las mafias del proxenetismo -en las que ejerce un papel fundamental una mujer, la Madame- campen a sus anchas, no se puede legalizar la situación que gobierna una mafia, ya que la mafia no es legal. Se insiste sin embargo en prohibir el consumo que es un efecto y no en paliar las causas. En este caso consumidor y consumido son víctimas de un estado de cosas y si se persigue a alguno de los dos se yerra en el blanco y no se aprecian los trasfondos del problema, quedándose siempre bien lejos de poder arbitrar una solución.
Ante todo, como venimos diciendo, lo que hay que evitar es el reduccionismo, pues ni todo es económico, (ni todo es biología, ni todo es psicológico, ni todo son átomos, ni todo es cultural, ni todo es sexual). Freud insistió en ello:
“La fuerza del marxismo no estriba manifiestamente en su interpretación de la Historia ni en la predicción del porvenir que en ella funda, sino en la perspicacísima demostración de la influencia coercitiva que las circunstancias económicas de los hombres ejercen sobre sus disposiciones intelectuales, éticas y artísticas. Con ello se descubrió toda una serie de relaciones y dependencias totalmente ignoradas hasta entonces. Pero no se puede admitir que los motivos económicos sean los únicos que determinan la conducta de los hombres en la sociedad” (Sigmund Freud Nuevas Lecciones Introductorias al Psicoanálisis. Ensayo CLXVI (1932): Lección XXXV: El problema de la concepción del universo, nota 633).
Se podrá entonces y se deberá eliminar, abolir o prohibir la prostitución causada por la falta de una economía básica para la subsistencia y, sin embargo, la prostitución como libre disposición del propio cuerpo, sea patología o decisión, seguirá existiendo, así como el alcoholismo o la drogadicción. La idea es entonces que nadie esté obligado a prostituirse o, como dijera Rousseau antes que Marx, que nadie sea tan pobre como para tener que venderse ni nadie tan opulento como para comprar a otro ser humano, pero para eso es necesario el socialismo o la Renta Básica y lo demás son monsergas de Iglesia.
Cuando se criminaliza al cliente de la prostitución del Centro de una gran ciudad -por las continuas protestas de los comerciantes que se quejan de no vender- lo que se consigue es que se desplace a la periferia; cuando se criminaliza en un país se consigue que se desplace a otro. Y si en condiciones de pobreza las mujeres venden el propio cuerpo y los hombres trafican con drogas o se vuelven atracadores y asesinos a sueldo, no es porque los hombres sean dominadores y las mujeres dominadas, sino porque ya la Cultura y la Sociedad en que se vive, partiendo de los condicionantes biológicos, condicionan esas vanas formas de intentar de salir de la miseria económica hundiéndose en la miseria humana.
Freud marcará en lugares como el antecedentemente citado sus distancias respecto al reduccionismo economicista del marxismo y, sin embargo, también ha habido un reduccionismo en el psicoanálisis, alimentado a veces por el propio fundador. Por ejemplo, cuando se ha intentado explicar todo, incluso el reino completo del Arte y de la Belleza, mediante la sexualidad:
“La ciencia de la estética investiga las condiciones en las cuales las cosas se perciben como bellas, pero no ha logrado explicar la esencia y el origen de la belleza, y como de costumbre, su infructuosidad se oculta con un despliegue de palabras muy sonoras, pero pobres de sentido. Desgraciadamente, tampoco el psicoanálisis tiene mucho que decirnos sobre la belleza. Lo único seguro parece ser su derivación del terreno de las sensaciones sexuales” (Freud El Malestar en la Cultura (1930). Alianza editorial. Madrid 1970, p.27).
De este modo, trabajando sin reduccionismos, sin tomar nunca la parte por el todo, también habrá que considerar la existencia de lo inalienable y detectar dónde se encuentra, ya que, aunque la vocación capitalista sea convertirlo todo en mercancía, siempre habrá cosas que se sustraigan a semejante trato (1) y es desde éstas, no sólo desde la carencia sino también desde la plenitud, desde donde se podrán crear los mejores frentes de resistencia.
No obstante, respecto a lo alienable, Marx dejó escritas un buen número de páginas que conviene recordar aquí y que están en el fondo del problema tal y como se debate. Respecto a los dilemas sobre la prostitución, entonces, habremos de retrotraernos a la consideración que Marx tenía de la misma, y lo haremos tal y como la expuso en sus escritos de 1844 no publicados hasta 1935, que consideramos con no poca vigencia en la actualidad. En ellos, después de distinguir entre el comunismo grosero y el comunismo (democrático) propuesto por él mismo -más un comunismo platónico que un igualamiento de la condición proletaria a toda la sociedad-, tras desestimar también la doctrina del amor libre de los libertarios de su tiempo; se considerará a la prostitución de las mujeres como un caso particular dentro de la general compraventa de la fuerza de trabajo y por tanto, como algo estrechamente ligado al sistema capitalista:
“La prostitución es sólo una expresión especial de la general prostitución del trabajador, y como la prostitución es una relación en la que no sólo entra el prostituido, sino también el prostituyente -cuya ignominia es aún mayor-, también el capitalista entra en esta categoría” (Karl Marx Manuscritos de París. Tercer Manuscrito V; Nota de Marx b).
Estaríamos en el caso en que el cliente sería no sólo verdugo, sino también víctima, aunque su ignominia sea mayor, puesto que la relación de compraventa de los bienes humanos (y excepto para el puritanismo celibatario la práctica del sexo es tanto un bien como una necesidad) es una relación ignominiosa para ambas partes. Un capitalista, por mucho dinero que tenga, no deja de ser un pobre hombre.
La dialéctica del amo y el esclavo hegeliana, en la que hay un momento en el que el amo es esclavo del esclavo, opera en el caso de la prostitución capitalista de manera perfecta, ya que en el 80 % de los casos de prostitución en Occidente, quien domina es la meretriz o chapero al cliente y no viceversa. Así, la relación de la compraventa de los cuerpos alcanzaría a todo asalariado, cuerpos recluidos en una oficina, torcidos por las cargas de materiales de obra, rotos, estropeados por rutinas empobrecedoras y envilecedoras; llegándose en la prostitución sexual a convertir en valor de cambio el valor de uso de la sexualidad, que no habrá de ser exclusivamente la procreación (como afirma el estéril clero), sino el placer (Foucault), el deseo (Deleuze) o la más simple liberación de los instintos ante la represión (Freud) o descarga libidinal.
No sería por tanto la prostitución de las sacerdotisas griegas o romanas (prostitución ritual) en nada análoga a la de la épocalidad industrial, excepto por el nombre, y la abolición de la misma estaría ligada a la abolición del capitalismo, así como la reglamentación de la misma estaría ligada a la operación socialdemócrata que considera compatible Estado y Mercado. Volviendo a Marx, desde la perspectiva marxiana no puede considerarse más que como “trabajo” y bajo el capitalismo constituirse como mercado libre (liberales) o mercado semi-regulado (socialdemócratas):
“Los obreros fabriles en Francia llaman a la prostitución de sus hijas y esposas la enésima hora de trabajo, lo cual es literalmente cierto”
(Marx Manuscritos de París. Tercer Manuscrito XVII).
El “¡todos somos putas!” de Fabretti no es sólo por ser asalariados, sino también “literalmente” cierto para quienes no tengamos cuatro generaciones de abuelos y tatarabuelas que no perteneciesen a la clase obrera, esto es, que es muy probable que los que no somos Duques y Príncipes con linaje ancestral no obreril, hayamos tenido algún progenitor engendrado en esa undécima hora de trabajo de la bisabuela y descendamos, por tanto, de un hijo de puta. Al menos Marx así lo atestigua. Y a quien se escandalice, ruborice, indigne o enfade, a quien no le guste, que no la tome conmigo, pues no lo digo yo, sino que lo dice Marx.
Lo cierto es que la satisfacción sexual es una necesidad, como el comer y el beber, que puede satisfacerse con suculentas viandas gracias a los atractivos propios o con pan duro y rosas marchitas, encima pagando por ello. Lo cierto es que cualquier mujer que simplemente desee satisfacer sus necesidades sexuales no tiene más que ir a una discoteca y encontrará una decena de candidatos a elegir, mientras que un hombre ya puede recorrerse todas las discotecas de su ciudad que probablemente acabe volviendo a dos velas a su casa, con una buena cogorza, dedicándose al onanismo o contratando los favores de una meretriz. A la suculenta femina que realiza el baile de cortejo de apareamiento en el Centro de un garito nocturno se la acaba denominando “calienta-pollas” y a la docena de gañanes que responden a la llamada “babosos”. Y esto no es así porque la mujer valore la cualidad y el hombre la cantidad, ya que los homosexuales tienen frecuentemente muy fácil la satisfacción de sus necesidades fisiológicas en encuentros exclusivamente sexuales y de todos es conocida la proverbial promiscuidad de las lesbianas; sino porque las relaciones están distorsionadas y se amalgaman tendencias primatológicas (etología) e imaginarios de género (psicología; sociología) con un mundo regido por las transacciones económicas. También parece que la mujer otorga el alma o algo muy íntimo cuando llega a alquilar el uso de su vagina, pero muchas veces lo hacen por unos pantalones vaqueros de marca o unas medias, cuando no la venden de por vida y en exclusiva mediante el matrimonio de conveniencia; luego el alma, siendo discutible que se encuentre localizada en el bajo vientre, se suele vender por muy poco en el mundo capitalista. El criminalizado cliente de la prostitución quizás sea también una víctima, una especie de pobre en un sistema que amplia el campo de batalla liberal al terreno de la sexualidad -como argumenta Houellebecq- y no tanto un verdugo.
Las propias prostitutas en numerosas ocasiones se quieren considerar a sí mismas como trabajadoras sexuales, sólo piden ser incluidas en la seguridad social, ser dadas de alta para cotizar en vistas al cobro de una jubilación, tener acceso a sindicarse, reglamentar horarios, condiciones de trabajo, de higiene, de atención médico-sanitaria. No conciben la idea de excluirse la relación de compraventa en el mundo donde todo es susceptible de ser vendido y comprado en el Mercado. En tal dilema y con semejante y crudo realismo político, lo mejor que les podría pasar es que las hiciesen, en efecto, funcionarias, como parece indicar o así interpretamos que viene a decir en definitiva Carlo Fabretti (2), lo que les permitiría autoreducirse la jornada mediante el absentismo laboral y tener asegurados unos ingresos y una jubilación. Exactamente lo máximo a lo que aspira hoy la racista clase obrera de los países desarrollados, una vez transformada de proletaria a pequeño-burguesa, esto es, de clase con el único bien de la prole a clase con acceso al consumo conspicuo de productos de masas a costa de la más atroz explotación de los esclavizados habitantes del Tercer Mundo. No podemos decir, sin embargo, que el miserable obrero neonazi que le rompe la cabeza a un sin papeles porque piensa que el segundo amenaza su trabajo, sea al que hay que condenar y criminalizar; ya que también es una víctima, una que desplaza su ira hacia quienes son más débiles y vulnerables que ella, en lugar de enfrentarse a quien le tiene pisado por la cabeza. La dominación se extiende jerárquicamente como caen las piezas de dominó y no es fácil no reproducirla.
Otra solución contra la prostitución relacionada con una posición de menos realismo político que la reglamentarista sería la de los defensores del abolicionismo (3), pero para ello nos tendríamos que situar fuera del marco de la globalización capitalista, lejos de la ley de la oferta y la demanda. Además, si atendiésemos a que el asunto no involucra tan sólo a la Economía capitalista sino también a la Economía libidinal, descubriríamos que la mejor manera de abolir la explotación sexual no sería otra que conseguir que todo el mundo estuviese sexualmente satisfecho, ya que si se acaba la demanda -no tanto si se prohíbe- es que cesa la oferta. Una cosa que difícilmente se conseguirá preteriendo los modelos de relación lesbico-gays tan caros a la izquierda europea últimamente a los modelos de relación heterosexuales (4):
“Objeto sexual de los homosexuales. -La teoría del hermafroditismo psíquico supone que el objeto sexual de homosexual es el contrario al del heterosexual. El hombre sucumbiría, como la mujer, al encanto emanado de las cualidades físicas y espirituales masculinas, y, sintiéndose mujer, buscaría al hombre. Más aún cuando esto sea exacto para toda una serie de homosexuales, está, sin embargo, muy lejos de revelar un carácter general de la inversión. Es innegable que muchos homosexuales masculinos conservan los caracteres psíquicos de su sexo; no poseen sino muy pocos caracteres secundarios del otro sexo y buscan, en su objeto sexual, rasgos psíquicos propiamente femeninos. Si esto no fuera así, no se explicaría por qué la prostitución masculina que se ofrece a los homosexuales trata -hoy como en la antigüedad- de copiar a las mujeres en los vestidos, aspecto exterior y modales, sin que esta imitación parezca ofender al ideal de los homosexuales masculinos. En la Grecia antigua, donde hombres de una máxima virilidad aparecen entre los homosexuales, se ve claramente que no era el carácter masculino de los efebos, sino su proximidad física a la mujer, así como sus cualidades psíquicas femeninas -timidez, recato y necesidad de alguien que les sirva de maestro y apoyo-, lo que encendía el amor de los hombres. En cuanto el efebo se hacía hombre dejaba de ser objeto sexual para los individuos del mismo sexo y se convertía quizá, a su vez, en pederasta. El objeto sexual es, por tanto, en este caso, como en otros muchos, no el sexo igual, sino la reunión de los dos caracteres sexuales, la transacción entre dos deseos orientados hacia cada uno de los dos sexos, transacción en la que se conserva como condición la masculinidad del cuerpo (de los genitales) y que constituye, por decirlo así, el reflejo de la propia naturaleza bisexual” (Sigmund Freud Tres ensayos para una teoría sexual, 1905, I, A).
Según el fundador del psicoanálisis la prostitución masculina de su época era ya muy diferente de la tan conocida relación de pederastia y homosexualidad de la antigua Grecia y eso porque de algún modo que nos resulta aún desconocido la estructura económica de cada época se encuentra entrelazada e imbricada de múltiples modos con la estructura del psiquismo y de la ideología; así como con las estructuras de la biología y la sexualidad, conformando un todo irreductible a ninguna de sus partes que el sesentayochista freudomarxismo no supo desentrañar. En el cliente habitual de la prostitución hay unos desplazamientos de la libido que restan por analizar en toda su dimensión:
“El papel de conflicto y de la fijación anterior de la libido son en el segundo tipo mucho menos evidentes que en el primero, en el cual tales fijaciones inutilizables sólo pueden surgir a consecuencia de la frustración exterior. Un joven que ha venido satisfaciendo su libido por medio de fantasías, cuyo desenlace era la masturbación, y que quiere ahora permutar este régimen, cercano al autoerotismo, por la elección real de objeto. Una muchacha que ha ofrendado todo su cariño al padre o al hermano, y que al ser pretendida por un hombre deberá transformar en conscientes sus deseos libidinosos, hasta entonces incestuosos e inconscientes. Una mujer que quisiera renunciar a sus tendencias polígamas y a sus fantasías de prostitución para constituirse en fiel compañera de su marido y madre intachable de su hijo. Todos estos sujetos enferman a causa de tan loables aspiraciones cuando las fijaciones anteriores de su libido son suficientemente fuertes para oponerse a un desplazamiento, actuando de nuevo aquí con carácter decisivo la disposición constitucional y las experiencias infantiles” (Sigmund Freud Sobre las causas ocasionales de las neurosis, 1912. OC, Ensayo LXVIII).
Como el Inconsciente, el Capital, la Sexualidad y la Biología están involucradas en el tema que nos ocupa, además de la película de Fernando León “Princesas” sería positivo un análisis objetivo de otros films como Torrente I-III (Santiago Segura); American Beauty; El escándalo de Larry Flynt (Milos Forman, 1996); Belle de Jour (Buñuel); Lolita (Kubrick 1962; Lyne 1996); La nostalgia del bolchevique; cuando no “El imperio de los sentidos” (Nagisa Oshima) o “La pianista”.... La mayor perversión sexual no es otra que negar la sexualidad no habiendo nada más contra-natura que el celibato, de modo que los esforzados curas no pederastas y los puritanos de todas las castas y calañas son en realidad los sujetos más damnificados dentro de las configuraciones de la identidad sexual que se pueden llegar a dar:
No se resuelven en las indicaciones anteriores las aporías de la recurrente discusión entre abolicionismo y reglamentacionalismo de la prostitución, pero aspiramos haber podido aportar la sugerencia de adoptar una vía más compleja, completa y fructífera para el análisis del fenómeno que se discute que la socialmente más mediatizada. No es de recibo la instrumentalización política de la guerra entre los sexos ni habríamos de otorgar credibilidad a la dicotomía del neoconservador de la administración Bush Robert Kagan cuando dice que “EEUU es de Marte y Europa es de Venus”, aunque sólo sea porque la historia de Europa está llena de luchas cruentas por la libertad desde Espartaco y Viriato hasta Engels con un fusil en las barricadas, o aunque sólo sea porque en Venezuela, Irak y el País Vasco en nuestros días están dispuestos a defenderse.
La vía de reflexión que proponemos es la que pudiera empezar a cruzar la imbricación entre la economía libidinal y la economía capitalista de la mano de Marx y Freud. Así se entendería algo sobre la construcción de la Identidad Sexual que pudiera alejarnos del maniqueísmo vigente entre misoginia y misandria y acercarnos al estudio de las causas y efectos de la prostitución -tanto en la persona prostituyente como en la prostituida- sin vincular metáforas femeninas y masculinas (como la de “patriarcado”) (5) en oposición dialéctica de negro contra blanco al razonamiento de la cuestión. De nada sirve demonizar a ningún género cualificando al Capital de forma de producción masculina y al Comunismo de forma de producción femenina. Y si se insiste en plantearlo de ese modo entonces habremos de declarar que, no obstante todo lo antedicho, a la izquierda Rosa de Bambi se opondrá siempre la izquierda Roja de Marx; la única que, al final, se fajará contra los marines del Imperio en el cruento campo de batalla.
viernes, 19 de octubre de 2007
¿Un mundo asi tambien será posible?
Louk Hulsman, holandés, 83 años experto en derecho penal, defiende el abolicionismo en las cárceles. No habla de crímenes o delitos. Me refiero a que no usa esas palabras. Ridiculizar las prohibiciones ridículas por parte del Estado y la toma de conciencia al respecto, son -según su criterio- una estrategia personal para combatirlas. No hay mas propuestas: “Yo no soy el Estado”. Y sonríe con la libertad de quien puede decir lo que piensa ¿Qué le podría pasar?
Analía Reineri.
El razonamiento de Louk Hulsman es simple y lo grafica: En Holanda, cada año se hace un relevamiento que da cuenta que 4,5 millones de personas fueron “víctimas” de algún acto punible. Sin embargo, sólo 1,5 millones de esas personas acuden a la policía. En unos 100 mil casos se encuentran los “autores”, y sólo 10 mil llegan a una fiscalía.
Pongámoslo así: si todos los delitos fueran a parar al sistema penal, éste colapsaría. Si en cambio, las tres cuartas partes se resuelven por fuera del mismo: ¿Para qué sirve el sistema penal? ¿Por qué todos miramos allí, en lugar de prestar atención al modo en que se resolvieron la mayoría de los conflictos?
En sintonía, la cifra “negra” del delito en nuestro país ronda el 70%. Y el resto, de algún modo se resuelve: allí hay que poner la mirada, pregona insistente Louk.
En una tarde calurosa de martes este señor de enorme sonrisa, compartió una charla informal en el patio de la sede de la ONG El Agora en Córdoba.
Allí expuso un ejemplo que está en su libro (como no lo leí ni tampoco grabé a Hulsman, al menos reproduzco la idea). Cinco jóvenes conviven en un departamento: uno tira el televisor por la escalera. Uno de sus compañeros propone que “repare” el daño y que compre un tele nuevo. Otro, presume que está loco y propone que reciba atención médica. Otro, quiere que vaya preso y, otro indica que probablemente, nunca se hayan preocupado por hablar con él y que quizás tenga un problema que desconocen.
Hay muchas formas de resolver el conflicto: “Hay que ver en cada situación quién o quienés son los damnificados y les aseguro que no en todos los casos quien sufrió un robo, un golpe, etcétera; quiere que el autor vaya preso”. Hay muchos mecanismos reparadores, asegura (Hulsman fue uno de los impulsores de la probation en Holanda).
La semana pasada estuvo en el Congreso Nacional para espanto de los impulsores de la mano dura. Seguro no habrán dormido luego de escuchar que hay que terminar con las cárceles y con palabras como delito.
Cuando un incauto se acerca esperando alguna propuesta ante tamaño planteo revolucionario -¿Cómo imaginar un mundo sin cárceles?- tarda un tiempo en darse cuenta que el secreto de sus propuesta es la toma de conciencia.
Por eso, Hulsman no se inmuta, ni suspira profundo; sí tiene que explicar una y otra vez, cómo surge esta construcción de poder que es el sistema penal. Las prohibiciones tienen que ver.
Repasa la historia de cómo se federaliza y luego desfederaliza la prohibición del alcohol en los Estados Unidos, para luego crear una policía federal especial para prohibir la producción y consumo de drogas (la DEA) que -a su vez- da lugar a tratados que internacionalizan estas prohibiciones…
Ya se dijo más de una vez: prohibir genera un mercado negro. El mercado negro de las drogas por ejemplo, genera un mercado negro de dinero que a su vez debe crear otro mercado negro para lavar ese dinero y así, no hay sistema penal que burocráticamente pueda soportar y resolver todos estos conflictos. Además, tampoco puede resolver la violencia interna dentro de esos mercados.
Una estrategia de resistencia: burlarnos de las ideas que proponen prohibir todo. En la charla de ayer, Hulsman sugirió que podría prohibirse la gaseosa o el chocolate y todo reímos. “Así se deben haber reído hace 80 años cuando alguien propuso que el Estado prohibiera los opiáceos”, graficó.
Y nos quedamos pensando.
¿Cuál es la racionalidad detrás de cada prohibición?, se pregunta y afirma que "lo que una sustancia hace con una persona, no lo hace con otra. Cada cual debe elegir desde el nacimiento. El riesgo no está en las sustancia sino en el uso”.
¿Es prohibir la tarea del Estado? "A este ritmo no se podrá fumar, los gordos no podrán comer mucho, los flacos deberán comer más. Todo por ley. Como los autos, deberíamos ir a una especie de ITV (Inspección Técnica Vehicular) y cuando se detecte que violamos la norma dos o tres veces: habrá que institucionalizarnos". Reímos otra vez. Pero, pensamos más y deja de ser gracioso.
Estas concepciones parten de fundamentos de las Iglesias: judíos, musulmanes, islámicos. Pero nunca deberían surgir de un Estado secular. Opina el holandés.
Muchos profesionales juegan un rol fundamental en esto de decidir qué beber, comer, fumar, consumir: psicólogos, psiquiátras, médicos, farmacéuticos.
Hulsman aseguró que existe gente que piensa como él, sólo que no está en condiciones de decirlo ya que reciben del Estado sus salarios o dinero para investigaciones. Pero hay un cambio incipiente. En el 2008, la ONU empieza discutir la política sobre drogas. “Hay grupos en el parlamento europeo en contra de las actuales políticas en esa materia”.
Louk, se crió en el marco de una educación muy católica
¿Qué le quedó de allí?
-Bueno cierta rebeldía. Uno de los libros que estaba prohibido leer era la Biblia sin supervisión de un eclesiástico. Me conseguí una y la leí.
Sufrió en el seminario, se sentía aislado del resto y aprendió a sobrevivir en soledad, dejó de tener miedo a no pertenecer. Y sigue sin tener miedo.
En la segunda posguerra, fue parte del Ministerio de Defensa en el departamento Jurídico. “Yo decidía quién debía recibir libertad condicional, resolver pedidos de gracias, etc” ¿Adivinen qué hacía? “Siempre pude cambiar algo desde adentro. Siempre se puede”.
En una reciente entrevista concedida a Página 12, Hulsman consideró "necesario, para avanzar hacia el abolicionismo que propicia, que la tarea comience en la Universidad. "Del mismo modo que existen movimientos contra la discriminación racial o contra la discriminación de homosexuales, existe un movimiento que avanza hacia el abolicionismo del sistema penal y de la cárcel." Para eso es necesario "fabricar palabras para ir creando conciencia y para hacer ver que ni la cárcel ni el sistema penal sirven para solucionar los conflictos".
23/11/06
Reincidencia
Eugenio Raúl Zaffaroni
1. Concepto de reincidencia Es DIFÍCIL proporcionar un concepto satisfactorio de «reincidencia» a nivel internacional, dado que los esfuerzos que se vienen realizando en este sentido desde hace décadas no resultan alentadores, como lo demuestran las tentativas en el Congreso Internacional de Criminología de 1955 y en el Curso Internacional de 1971 (cfr. Bergalli). Esta dificultad obedece a varias razones: a) Conspira contra una definición pacíficamente aceptada la disparidad de presupuestos exigidos en la legislación comparada, que da lugar a la clasificación más corriente entre genérica o específica y ficta o real, b) Esa misma disparidad y la incorporación legislativa de conceptos que implican a la reincidencia o que le son próximos (como la multireincidencia, la habitualidad, la profesionalidad o la tendencia), hacen inevitable la parcial superposición con éstos, c) Ocasionalmente, estos conceptos próximos y parcialmente superpuestos admiten hipótesis de reiteración, lo que confunde más las cosas al desdibujar los límites entre esta y la reincidencia, d) Por último, los intereses científicos de los juristas y de los criminólogos no suelen coincidir en esta materia, por lo cual los objetos que focalizan son diferentes y, por ello, las delimitaciones conceptuales resultan dispares.
El presente relato se centra en el planteamiento jurídico de la reincidencia. Por supuesto que el planteamiento jurídico no puede ignorar los datos que provienen del campo de las ciencias sociales, aclaración que saldría sobrando de no ser porque frecuentemente los planteamientos jurídicos parten de afirmaciones dogmáticas acerca de la realidad, que son diametralmente opuestas a lo que muestran las ciencias sociales. En buena medida creemos que esto tiene lugar respecto del tema que nos ocupa.
Considerando que el planteamiento es jurídico, preferimos renunciar a una definición y optar por una delimitación del objeto de análisis, entendiendo que nos ocupa la problemática de las disposiciones legales que hacen derivar una consecuencia jurídica más grave o más privativa de derechos de la circunstancia de que la persona con anterioridad haya sido condenada o sufrido pena por otro delito. Por consecuencia más grave entendemos tanto una pena mayor como la imposición de una medida de seguridad o la privación de ciertos institutos o beneficios (condenación condicional, perdón, libertad condicional, salidas anticipadas, libertad provisoria procesal, etc.).
Esta delimitación amplia de la reincidencia, que permite la entrada de otros institutos cercanos a la misma y que excluye totalmente la reiteración, obedece a la convicción de que el Kernel de la interrogación jurídica acerca de la reincidencia es la admisibilidad de un plus de gravedad en la consecuencia jurídica de un delito en razón de uno o más delitos anteriores ya juzgados o de las penas sufridas por esos delitos. Si se concluye en que este plus ya no resulta admisible, será innecesario perfeccionar definiciones acerca de los diferentes supuestos y características de la mayor gravedad. En este entendimiento nos referimos en lo sucesivo sólo a «reincidencia», pero aclarando que lo hacemos en el ya acotado sentido amplio, es decir, abarcando todos los institutos vecinos a la misma, con la única exclusión de la reiteración delictiva.
2. Las teorías explicativas
Desde el advenimiento del derecho penal de garantías en el siglo XVIII hasta hoy, se han ensayado muchísimas explicaciones para la reincidencia, unas procurando compatibilizarla con los principios de este derecho penal y otras abiertamente fuera del mismo.
No es posible enumerar aquí y someter a crítica todas estas teorías, pero al menos, en forma sumamente sintética, nos ocuparemos de las más difundidas, aunque cabe precisar que las restantes son variables sin mayor originalidad.
a) La justificación por vía de la «doble lesión»
La tesis de que el delito provoca dos daños (uno inmediato y otro mediato o político) es antigua. Por este camino se ha pretendido ver en la reincidencia un injusto mayor en razón de la mayor alarma social que causaría el segundo delito (y consiguientemente, el mayor daño mediato o político). Este criterio, recogido en el Codice Zanardelli, no responde a la realidad, pues autores de todas las épocas (Carrara, Antolisei) han objetado que el mayor daño político es eventual o es muy poco probable que se produzca, dado que en la mayoría de los casos son sólo los jueces y las policías quienes saben del carácter de reincidente. Este «daño político» se convirtió en algo más abstracto, del tipo de un elemento que cierra el discurso, a los efectos de evitar su contingencia, transformándoselo en una lesión al «interés general en la preservación del orden jurídico» (Manzini). Admitir esta idea implica afirmar que el delito lesiona por lo menos dos bienes jurídicos y que la obediencia al estado es un bien jurídico lesionado en todo delito, siendo independiente de la lesión del bien jurídico del victimizado. En alguna medida es una tesis que opaca el concepto de bien jurídico como base del principio de ofensividad, que es uno de los pilares del derecho penal de garantías.
Por la misma senda puede ubicarse la tesis que ve en todo tipo dos normas: una que prohibe la conducta típica y otra que impone la abstención de cometer otros delitos en el futuro (Armin Kaufmann). Esta duplicidad de normas, aparte de ser una figura bastante atormentada, deriva necesariamente de un nuevo bien jurídico que sería la mera voluntad estatal. Es incuestionable que en este planteamiento la disciplina se convierte en un bien jurídico, pues en modo alguno puede sostenerse que la segunda norma se limita a tutelar el bien jurídico afectado por el segundo delito, dado que en ese caso no se explicaría el plus de penalidad.
b) La justificación a través del abandono del derecho penal de garantías
Abiertamente fuera del derecho penal de garantías, es decir, prácticamente en abierta oposición a los principios liberales del racionalismo, se colocó el positivismo monista italiano, que explicó la reincidencia a través de la peligrosidad (Ferri), o sea, reduciendo al hombre a una «cosa» regida mecánicamente y restándole su jerarquía de persona. Incluso dentro de esta vertiente autoritaria la explicación de la reincidencia mediante la peligrosidad resulta contradictoria, puesto que todo juicio de peligrosidad debe entenderse como juicio de probabilidad, es decir, que no puede presumirse. Sin embargo, se cae en una contradicción jamás explicada al apelar a la «peligrosidad presunta», que de este modo se transforma en un concepto incomprensible.
c) La justificación a través de la culpabilidad de autor
En sus variantes de «culpabilidad de autor», de «carácter» o «por la conducción de la vida», todas las cuales exceden el marco del derecho penal de acto y, por lo tanto, del derecho penal de garantías, la culpabilidad por lo que se es ha servido a un considerable número de autores para explicar la reincidencia.
A diferencia del positivismo, que pretende explicarla por una característica del autor que se proyecta hacia el futuro, la culpabilidad de autor prefiere hacerlo por la vía de una característica del autor que se proyecta desde el pasado. El positivismo pretende salirse de las pautas garantistas en función de un concepto preventivo-especial de pena y la culpabilidad de autor lo hace en función de una idea retributiva de la pena.
Es claro que en estos últimos intentos se reprochan —y por lo tanto se retribuyen— caracteres personales que no son acciones, o bien, son acciones anteriores y atípicas. De alguna manera, son corrientes que no hacen más que perfeccionar dogmáticamente teorías que provienen de mucho más lejos y que la mayor gravedad de la pena del segundo delito la justificaban porque ponía de manifiesto una mayor perversidad del autor (Pacheco, por ej.). En cierto sentido, y fuera del planteo dogmático en términos modernos, también cabría considerar aquí la explicación por la vía de la insuficiencia de la pena sufrida, que pondría de manifiesto una mayor insensibilidad del autor (Carrara), lo que bien puede emparentarse con una mayor necesidad de «controspinta pénale» (Romagnosi) o de «psychologische Zwang» (Feuerbach).
d) La justificación por la mayor culpabilidad de acto
En algunos autores ha primado el criterio de que la reincidencia implica un desprecio por el valor admonitorio de la condenación precedente. En forma expresa algunos autores piensan que así como existen beneficios para quienes ponen de manifiesto su arrepentimiento, es natural que suceda lo contrario cuando con la reincidencia se muestra la falta de arrepentimiento (Latagliata). La admonición de la primera condenación generaría una mayor o más actual conciencia de la antijuridicidad del segundo hecho y, por ende, un mayor grado de culpabilidad (Maurach).
Nos parece que esta afirmación es gratuita, porque la conciencia de la antijuridicidad del segundo hecho es por completo independiente de la condena anterior, pudiendo ser incluso menor o no existir, sin que para nada tenga relevancia a sus efectos el primer hecho. El argumento sería relativamente válido sólo en caso de reincidencia específica y en delitos que requieren cierto grado de esfuerzo y abstracción para la comprensión de su antijuridicidad.
En resumen: podemos comprobar que la reincidencia se explica en los planteos jurídico-penales en la medida en que se abandona el derecho penal de acto, aunque a veces, ni siquiera en estas posiciones la explicación resulta coherente. Por el contrario, las tentativas de explicarla dentro del marco de un derecho penal de acto son todas insatisfactorias.
3. Los datos criminológicos y las afirmaciones jurídicasDesde hace algunas décadas, la criminología nos señala los efectos deteriorantes de las instituciones totales (Goffman, por ej.) y particularmente de la prisión (Stanley Cohen, por ej.). En modo análogo, se nos alerta acerca del efecto estigmatizante de la intervención punitiva y la consiguiente reducción del espacio social de quien resulta afectado por ella. En general —y no es el caso de analizarlo aquí—, sin superar los límites de la llamada criminología «liberal», es posible afirmar que la criminología nos muestra a la intervención punitiva como fijadora de roles criminales y condicionante de tales conductas (Lemert).
Es cierto que estos datos ponen en crisis mucho más que el concepto de reincidencia e indican la urgencia de compatibilizar el discurso jurídico-penal con datos elementales de las ciencias sociales, pero particularmente en este ámbito de la reincidencia resultan demoledores de varias tesis jurídicas, cuyo contenido, desde la perspectiva de las ciencias sociales, resulta trágicamente ingenuo.
Si tomamos en cuenta estos datos elementales de la criminología actual, resultaría que el supuesto mayor daño político o mediato del segundo delito, la presunta mayor probabilidad de un nuevo delito o la pretendida mayor perversión de la personalidad del autor, serían efecto de la intervención punitiva anterior, o sea, atribuibles al propio estado, en tanto que, en lugar de una imaginaria mayor conciencia de la antijuridicidad, en la reincidencia habría por lo general una menor culpabilidad en virtud de la reducción del ámbito de autodeterminación que genera la previa intervención punitiva, por estigmatizante y reductora del espacio social del penado. Con esto queremos decir, simplemente, que los argumentos justificadores que hemos criticado, además de las críticas internas que les hemos formulado, cabe observarles que resultan paradojales cuando los confrontamos con los datos que nos proporcionan tas ciencias sociales.
Vemos de este modo que las tentativas de fundar la agravación por reincidencia en un mayor contenido injusto del hecho, sólo se sostienen -—y muy dificultosamente— cuando se perturba la claridad del concepto de bien jurídico, acudiendo a la elaboración de un bien jurídico estatal que, en último análisis, sería un autoritario derecho estatal a la obediencia pura, en tanto que los argumentos de mayor culpabilidad sólo pueden sustentarse desde la admisión de un reproche normativo de personalidad, o sea, apelando al concepto de culpabilidad de autor, salvo, claro está, el superado intento positivista de abierto autoritarismo consistente en suprimir la culpabilidad. Además de las críticas internas que en el mismo discurso jurídico-penal pueden oponerse a estas tentativas, la confrontación de estos argumentos con los datos provenientes de las ciencias sociales no resiste el menor análisis.
4. El paso de la reincidencia a la habitualidadFuera de las murallas del derecho penal liberal o de garantías se fue creando una tendencia que, por vía espiritualista o por vía materialista, esto es, invocando la autoridad de Aristóteles y Santo Tomás o de Darwin y Spencer (sin excluir otras), generaron la idea de un «estado de reincidencia», que sería una suerte de «estado peligroso presunto» del positivismo o de «estado de pecado» del tomismo. Poco a poco esto fue derivando en otro concepto más específico, como el de habitualidad.
Desde la desviación positivista la «habitualidad» es un producto del afán clasificador de esta corriente, cuyo anarquismo nosotáxico llega a ser desesperante (cfr. Bergalli). La diferencia entre el reincidente y el habitual es nebulosísima, pudiendo aventurarse la opinión de que, por debajo de las complejas y contradictorias clasificaciones, el «habitual» sería algo así como el reincidente «deshauciado» y, por ende, sometido a una segregación o a un tratamiento intensivo.
Desde la desviación espiritualista, el reincidente sería el pecador al que es necesario corregir más severamente para que se enmiende, en tanto que el habitual es el pecador que no resiste a sus fuerzas internas y que merece indulgencia del confesor (cfr. Allegra), pero que debe ser sometido a una «medida» que neutralice su actividad dañosa.
Ambas son desviaciones del recto camino del derecho penal de garantías, caminando la primera por la vertiente del discurso penal de peligrosidad y la segunda por la del derecho penal de culpabilidad y de tipo de autor. Lo curioso es que ambas líneas argumentales tratan de explicar un fenómeno que hoy las ciencias sociales nos explican desde un ángulo mucho más claro: por ambos caminos se intenta justificar una mayor gravedad de la reacción a medida que avanza y se profundiza la «desviación secundaria» hasta que se asienta la asunción del rol asignado. Ambas desviaciones constituyen argumentos que pretenden justificar una suerte de diatrogenia penal, para lo cual van apartando los obstáculos que les opone el discurso jurídico-penal liberal y se van muniendo de elementos autoritarios, pretendiendo pasar por alto que «cuanto mayor es la pena, más se consolida la exclusión del condenado de la sociedad y se le refuerza la identidad desviada» (Ferrajoli, 404).
5. La confrontación básica: derecho penal liberal o derecho penal autoritario
La pregunta acerca de si «se puede aplicar una pena más severa que la que corresponde a la clase de delito de que se es culpable; si han cometido un primer delito por el que fueron penados, infligirles una nueva pena por ese crimen ¿no será violar abiertamente a su respecto el non bis in idem, que es una de las bases fundamentales de toda legislación en materia criminal?» (Carnot, 196), se viene repitiendo y respondiendo negativamente desde hace doscientos años por los defensores de un estricto derecho penal liberal o de garantías. El párrafo 57 del Código Criminal Toscano de 1786 establecía que, consumada la pena, «no podrán ser considerados como infames para ningún efecto ni nadie podrá jamás reprocharles su pasado delito, que deberá considerarse plenamente purgado y expiado con la pena que habrán sufrido». Mittermaier se acercaba a la crítica de la ciencia social contemporánea cuando afirmaba que no raramente, debido al estado de las prisiones, era el estado el que debía cargar con la culpa de que alguien devenga reincidente, y que en modo alguno se justificaba la mayor gravedad penal, al menos en general. Morelly, Pagano, Tissot, Carmignani y muchos otros autores del penalismo liberal fueron abiertamente abolicionistas respecto de la reincidencia.
Ninguno de los argumentos justificadores, que por la desviación autoritaria materialista (peligrosista) o espiritualista (tipo o culpabilidad de autor) han querido explicar la mayor gravedad de la pena del segundo delito, ha podido levantar la objeción de que el plus de gravedad es un nuevo reproche del primer delito. La poco convincente tentativa de duplicar la norma de cada tipo (y con ella el bien jurídico) de Armin Kaufmann es, sin duda, la única que aspiró a hacerse cargo del problema en profundidad, aunque con el pobre resultado de implicar la invención de un bien jurídico que sería el viejo y autoritario pretendido derecho subjetivo estatal a la obediencia pura. Al no resolverse el problema en el campo del injusto, porque el contenido injusto del delito del reincidente es exactamente igual que el del primario, el problema se desplaza a la culpabilidad (o a su equivalente autoritario, que es la peligrosidad) y, a partir de allí se nos revela que la admisión o rechazo de la reincidencia se convierte en una cuestión de respeto o de apartamiento de las garantías.
En efecto: por debajo de las críticas sin sustento y que no pueden disimular su impotencia en base a argumentos racionales y que apelan a considerar a sus críticos como «rígidos» (Grispigni) o «anti-históricos» (Dell’Andro, cit. por Mir Puig), el debate, en definitiva, es entre derecho penal liberal o de garantía o derecho penal autoritario.
Es natural que el debate se resuma en estos términos, porque el análisis de las principales estructuras arguméntales de justificación del instituto nos muestra claramente que ambas se desvían del derecho penal liberal o de garantías, retomando unos elementos propios de la ideología penal anterior al derecho penal liberal (es la línea espiritualista del «estado de pecado» y de la culpabilidad de autor), en tanto que otros toman elementos prestados del movimiento antiliberal de la segunda mitad del siglo pasado (es la línea peligrosista del positivismo evolucionista). Ambos, aunque parezca curioso, ocultan con sus construcciones discursivas, una realidad que sin pasar el nivel de la criminología liberal, la ciencia social muestra como absolutamente falsa (cfr. Baratta).
Nuestra conclusión es que toda gravedad mayor de la consecuencia jurídica del segundo delito (en la forma de pena, de «medida» o de privación de beneficios), es una concesión al derecho penal autoritario, que abre las puertas a conceptos espúreos y peligrosos para todas las garantías penales.
Nos basamos en que los caminos que pretenden justificar la reincidencia:
a) Construyen un concepto de bien jurídico paralelo que, en definitiva, es la voluntad pura y simple del estado, sin ningún vínculo con el bien jurídico propiamente afectado, lo que constituiría una suerte de doctrina de la «seguridad nacional» para transitar por la casa del derecho penal o bien,
b) Renuncian al derecho penal de acto y caen en el derecho penal de autor, pretendiendo juzgar lo que el hombre es y no lo que el hombre hizo, por el camino materialista de la peligrosidad (del positivismo del siglo XIX) o por el espiritualista de la culpabilidad de autor (de la ideología teocrática del antiguo régimen) o, aún peor, por el del «tipo de autor» en que el reincidente sería el primer antecedente de las tristes construcciones del «enemigo del pueblo» stalinista, del «enemigo del estado» fascista, del «enemigo de la nación» nazista o del «subversivo» de la «seguridad nacional».
Cuando el discurso jurídico-penal pretende legitimar la sanción al hombre por lo que es y no por lo que hizo, quiebra un principio fundamental del derecho penal de garantías, que es la intangibilidad de la conciencia moral de la persona, sustentada con igual fuerza con argumentos racionales y religiosos: se trata de una regla laica fundamental del moderno estado de Derecho y al mismo tiempo la prohibición ética de juzgar evangélica (Mateo, VII, 1; Pablo, Epístola, XIV, 4), (cfr. Ferrajoli). Es incuestionable que cuando se quiebra esta regla y se da entrada, aunque fuere con limitadas pretensiones, a un derecho penal de autor, se abre el paso a un ejercicio de poder meramente disciplinante, que exalta el orden como valor autónomo, con lo que vienen a engancharse ambos discursos de justificación de la reincidencia (el que pretende el mayor injusto y el que pretende mayor culpabilidad). La quiebra de esta regla implica la quiebra del principio fundamental que desde 1948 preside la elaboración de la teoría de los Derechos Humanos: todo ser humano es persona. Puede decirse casi que todo el resto de la teoría de los Derechos Humanos es exégesis y desarrollo de esta afirmación fundamental, que se pone en peligro desde que el estado se atribuye el derecho de juzgar el «ser» de los hombres.
A todo esto cabe añadir lo que señalaba Mittermaier en 1847 y que ahora nos muestra la criminología en términos más actuales y elaborados: en la generalidad de los casos es el propio estado y el propio sistema penal el que debe cargar con la culpa de-la reincidencia. Los sistemas penales, con demasiada frecuencia, no son más que aparatos que fabrican reincidencia, y sus instituciones totales, verdaderos campos de entrenamiento para candidatos a reincidentes y «habituales». Sólo un discurso jurídico-penal alucinado puede ignorar esta realidad, sin perjuicio de que abunden las tentativas metodológicas y epistemológicas que se esfuerzan por construir discursos de este tipo.
Una institución que lleva a exaltar como valor al orden por el orden mismo, a la obediencia en sí misma, que conduce a que el estado se atribuya la función de juzgar lo que cada ser humano elige ser y lo que cada ser humano es, que implica un bis in idem; que contribuye a aislar el discurso jurídico de la realidad, ignorando datos que se relevan desde hace dos siglos y que las ciencias sociales demuestran en forma incontestable; que con todo esto contraviene la letra y el espíritu de la conciencia jurídica de la comunidad internacional, plasmada en los instrumentos jushumanistas, es conveniente que desaparezca del campo jurídico, de la misma forma en que desapareció en su momento la tortura en el ámbito procesal o la analogía en el campo penal
No debe pensarse que la comparación con las desapariciones de las otras instituciones clásicas del derecho penal autoritario es exagerada, pues al amparo de la figura de la reincidencia y de sus conceptos vecinos se practicaron horrendos crímenes contra la humanidad, como la relegación. Basta recordar las leyes francesas de relegación de 1857 (Barbaroux) y de 1885 (Teisseire) y la relación que de esta práctica se hace en la Guayana (P. Mury, cit. por Beristain) y en América Latina, el tristemente célebre penal de Ushuaia, el más austral del mundo, sustentado desde 1895 hasta su desaparición en 1947 en base a una norma de relegación análoga a la francesa. Cientos de miles de seres humanos han sufrido los horrores de penas más graves que las de sus culpas en función del instituto de la reincidencia; más de 17.000 sólo con los relegados de Cayena. La historia de la reincidencia y de sus institutos vecinos no es menos sangrienta que la de la tortura.
6. Las consideraciones político-criminales
La desaparición de la reincidencia, al menos en América Latina, parece perfilarse como viable, teniendo en cuenta que en 1980 la eliminó el código colombiano, que en 1984 redujo sus efectos y eliminó las «medidas» post-delictuales el código brasileño, que en 1985 desaparecieron también las «medidas» del código uruguayo y que en 1984 se había reducido el efecto de la reincidencia en el argentino. No obstante, su desaparición total puede objetarse desde el punto de vista político-criminal, argumentando que hay excepcionales casos de multireincidentes que, de no tomarse en cuenta esa característica, podrían generar reacciones de carácter vindicativo o bien que las agencias policiales, en los países en que éstas operan con esas prácticas, podrían victimizarlos con ejecuciones sin proceso.
Sin duda que se trata de datos de realidad que, por desagradable que pueda resultar su reconocimiento, no pueden ser ignorados. Resulta absurdo confundir los planos del «ser» y del «deber ser», pretendiendo que lo que no debe ser, no es. Esta forma de proceder en el razonamiento jurídico no es más que una elusión de la realidad por parte del discurso penal, que no resulta tolerable.
En este sentido, creemos que cabe apelar al principio del derecho penal mínimo (Ferrajoli), conforme al cual, en el momento de la pena, el sistema penal debe operar como protección ante la perspectiva de que la amenaza de otro mal mayor e ilimitado se cierna sobre la persona. Sólo en tales extremos excepcionalísimos y que no pueden presumirse, sino que cabe probar en cada caso concreto, se justificaría una medida respecto de una persona que permitiese exceder el límite señalado por su culpabilidad de acto, y en la estricta cantidad de privación que sea necesaria para neutralizar ese peligro; fuera de esos rarísimos supuestos, bastará siempre con la pena que no supere la culpabilidad.
La desaparición de todas las formas de mayor gravedad punitiva fundada en un delito anterior, aparejaría también la ventaja de eliminar el registro de antecedentes penales (que resultaría innecesario), con lo cual desaparecería la consagración legal de la estigmatización.
La recuperación del pleno derecho penal de garantías daría un paso sumamente significativo con la abolición definitiva de la reincidencia y de sus cercanos conceptos, evocativos en todos los tiempos de las desviaciones autoritarias respecto de los principios fundamentales del derecho penal liberal y, especialmente, del estricto derecho penal de acto.
La Habana, agosto de 1990.
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Proponemos una Nueva Tesis
Dos sistemas ,una sola salida , nuestro deber estar de un lado ,el de la Vida ,puesto que el otro nos conduce irremediablemente hacia la muerte no solo fisica sino mental , sentimental y emocionalmente .
Adelante estudiantes de Derecho Penal la Utopia se avizora , el anochecer fenece y despunta ya el alba de las grandes alamedas donde transitara el hombre libre y humanista que soñamos desde ahora .